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Las nuevas normativas sobre GLP envasado para garantizar los precios máximos a los usuarios residenciales

Autor | Lucas Schneider


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El autor no manifiesta conflictos de interés


Palabras Claves
garrafa, gas por redes, GLP, Ministerio de Economía, Ministerio de Planificación, Programa HOGAR, Secretaría de Energía, servicio público, subsidios, YPF Gas



27-04-2015 | El Gobierno Nacional reglamentó a fines de marzo los artículos 44, 45 y 46 de la Ley de Gas Licuado de Petróleo. El decreto permite la asignación directa a los subsidios a las garrafas a los sectores sociales más necesitados y sin acceso al gas natural por redes. La Secretaría de Energía de la Nación elaboró una serie de resoluciones para enmarcar esta normativa tan importante para los sectores menos favorecidos socialmente.


El 31 de marzo de 2015 la Secretaría de Energía de la Nación estableció a partir de la publicación del Decreto 470/2015, que reglamenta la Ley 26.020 sobre Gas Licuado de Petróleo (GLP), el denominado Programa HOGAR que tiene por implementar una política energética con inclusión social para aquellos sectores más necesitados que carecen de acceso al gas natural por redes.

Este subsidio otorgado por el Estado Nacional se asigna de manera directa a los consumidores de garrafas. El nuevo plan permitirá asignar subsidios directos a 2,5 millones de usuarios, los cuales representan el 56% del total de los usuarios que consumen GLP. Esta asignación equivale a 39,5 millones de garrafas con un costo promedio final con subsidio de AR$ 20.

Son estas medidas que buscan la igualdad de consideración hacia aquellas personas que se encuentran sin acceso a las redes de gas natural, principalmente sobre las provincias del noreste argentino, que aún no tienen conexión de gas natural por redes. Desde el punto de vista de la asignación, el Programa HOGAR asignará a cada familia un monto de AR$ 154 correspondiente a dos garrafas de 10 kilos de AR$ 77 pesos cada una para una familia tipo, por lo que el usuario solo abonará AR$ 20 pesos por cada garrafa recibida.

El andamiaje regulatorio de este programa quedó establecido por las resoluciones 70, 73, 74 y 102 de la Secretaría de Energía de la Nación, organismo dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Además, por Resolución 57/2015 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se aplica la fijación de precios máximos.

La Resolución 70/2015 establece los precios máximos de referencia que cada segmento de la cadena de fraccionamiento y distribución deben establecer sobre las garrafas de 10, 12 y 15 kg. Es importante destacar que los precios expresados en la siguiente tabla incluyen el envío a domicilio y son sin impuestos.

Tabla 1. Precios Máximos de Garrafas por segmento Res S. Energía 70/2015

Fuente: Secretaría de Energía de la Nación.

De la misma forma la Resolución 70/2015 establece los precios máximos que los productores de propano/butano podrán cobrar sobre el producto hacia el resto de la cadena de GLP.

Tabla 2. Cuadro de Precios máximos de referencia para compensar a los productores de propano/butano

Fuente: Secretaría de Energía de Energía de la Nación.

Otra de las resoluciones que forman parte del andamiaje reglamentario sobre el Programa HOGAR es la Resolución 73/2015, la cual da por finalizado el antiguo fideicomiso establecido por la Resolución 1080/2008 para subsidiar a los productores y fraccionadores de GLP por el plan de Garrafa Social, y con el objetivo de asignar el subsidio directamente a los beneficiarios del programa creado por el Decreto 470/2015.

La tercera resolución emitida por la Secretaría de Energía de la Nación es la 74/2015, que establece el Registro de Beneficiarios del Programa HOGAR a los efectos de lograr un padrón único de beneficiarios de bajos recursos. Esta resolución establece normas claras de procedimientos de inclusión y depuración del registro, cuyo objetivo es la asignación directa de este subsidio a las garrafas aquellos ciudadanos que más lo necesitan.

Y la cuarta resolución es la 102/2015, que modifica la Resolución 49/2015. Se establece el Registro Especial de Beneficiarios de Patagonia, la Puna y Malargüe en el marco del Programa HOGAR y se incrementa la cantidad de garrafas que corresponden a las provincias de la Patagonia Argentina por las condiciones climáticas de la región y el mayor consumo de ese producto subsidiado. El registro abarca a las provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego, según la Resolución 102/2015. En los considerandos de la norma se estipula que el reglamento del Programa HOGAR estableció que el cálculo del monto del subsidio, otorgado mensualmente a los titulares de hogares de bajos recursos, se realiza en base a una determinada cantidad de garrafas mensuales, teniendo en cuenta la localización y la cantidad de integrantes del hogar.

El Programa HOGAR representa una política de focalización de los subsidios directamente hacia los consumidores. El Gobierno Nacional se comprometió a destinar más de AR$ 3.000 millones, asignados directamente a más de 2,5 millones de hogares de escasos recursos y sin acceso al servicio público de gas natural por redes. Cada familia recibirá entre AR$ 1.232 y AR$ 1.848 por año, dependiendo en la región del país donde resida. Será la Secretaría de Energía de la Nación, conjuntamente con la ANSES, la Secretaría de Comercio y el Ministerio de Desarrollo Social los organismos responsables del control de gestión de este Programa. Este tipo de política pública encarada desde el Estado le generará un beneficio directo para la ciudadanía, permitiendo que los sectores menos favorecidos tengan la posibilidad de tener un servicio esencial con precios que se ajustan a sus presupuestos.

Por su parte, la empresa YPF Gas, subsidiaria de YPF, anunció el nuevo beneficio para las garrafas de la empresa. En ese sentido, informó que se podrá acceder a garrafas de 10 kg a un precio máximo de AR$ 97 en los comercios minoristas y a un máximo de AR$ 54 en las fraccionadoras de la empresa. Los beneficiarios del Programa HOGAR recibirán un subsidio de la Secretaria de Energía por AR$ 77 por cada garrafa.

Para ubicar al distribuidor YPF Gas más cercano ingresar al siguiente enlace: http://www.ypf.com/YPFHoy/YPFSalaPrensa/Lists/ComunicadosDePrensa/YPF-GAS-Precios-Garrafas.pdf



Bibliografia
OETEC (03/04/2015). Reglamentaron el Programa Hogares con Garrafas. http://www.oetec.org/nota.php?id=1105&area=1

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OETEC (30/03/2015). Sobre los recientes anuncios de obras públicas y beneficios energéticos. http://www.oetec.org/nota.php?id=1095&area=1

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INFOLEG (31/03/2015). Resolución 49/2015. Programa Hogares con Garrafas (HOGAR). http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/245475/texact.htm

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INFOLEG (09/03/2005). Ley 16.020. Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo. http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/105181/texact.htm

Ministerio de Planificación Federal (15/04/2015): http://www.minplan.gob.ar/noticia/19964/kicillof-y-de-vido-repasaron-los-primeros-numeros-del-programa-hogar.html

Ministerio de Planificación Federal (14/04/2015): http://www.minplan.gob.ar/noticia/19930/nuevo-beneficio-de-ypf-gas-para-las-garrafas.html

YPF S.A. (12/04/2015). YPF Gas informa. http://www.ypf.com/YPFHoy/YPFSalaPrensa/Lists/ComunicadosDePrensa/YPF-GAS-Precios-Garrafas.pdf

Enlaces de interés:
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): http://www.anses.gob.ar

Información Legislativa y Documental (INFOLEG): http://www.infoleg.gov.ar

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas: http://www.mecon.gob.ar

Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios: http://www.minplan.gob.ar

Programa HOGAR: https://www.programahogar.gob.ar

Secretaría de Energía de la Nación: http://www.energia.gov.ar