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OETEC analiza el reciente y contradictorio fallo de la Corte Suprema que beneficia a Cablevisión

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
anticonstitucional, Cablevisión, Corte Suprema de Justicia, fallo, Grupo Clarín, Justicia, Ley de Medios, Poder Judicial, Pueblo Asoma, radio, telecomunicaciones



09-06-2015 | En el programa de radio del OETEC, Pueblo Asoma, en Radio Madre (AM 530), Octavio Ciaravino explica el fallo de la Corte Suprema de Justicia que avaló la medida cautelar obtenida por Cablevisión, de modo que la empresa pueda continuar sin incorporar muchas señales a la grilla, es decir sigue evitando que sus abonados puedan elegir lo que quieran ver. La Corte construye un fallo al menos contradictorio con la Ley de medios que ella misma se encargó de analizar durante mas de dos años y terminar aceptando como constitucional. La Ley de Medios y su decreto reglamentario 1225/14 habilitan a la AFSCA a iniciar acciones legales contra las empresas que no cumplan la ley en cuanto a incorporación de nuevos canales a la grilla. El argumento de la Corte es que la ley no establece específicamente las penas que supone su incumplimiento. En el plano jurídico este fallo resulta cuestionable teniendo en cuenta que no todas las leyes que nos rigen fijan penas para sus infractores quedando en manos del juez la definición por aplicación de normativa concordante.


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