ÁREAS de
INVESTIGACIÓN

Desarrollo Económico

| Artículos Periodísticos

Audiencias de septiembre: ¿Por qué el pueblo debe cargar con los errores de la hiperinflación, la dolarización y la mega-devaluación macristas?

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
audiencia pública, cartelización, ciudadanía, derechos de los usuarios, deuda interempresarial, distribuidoras, dolarización, ENARGAS, Ley 24.076, Mauricio Roitman, mega-devaluación, productoras, Resolución 312, tarifazo, tipo de cambio



04-09-2018 | En reciente informe titulado "Por qué deberán lloverle denuncias penales a Mauricio Roitman (presidente del ENARGAS", demostramos que este organismo avaló la dolarización y cartelización de las tarifas mediante las resoluciones 300 a 310 de fines de marzo. Entre abril y septiembre, ese gas se paga a 20,345 pesos por dólar, según determinó entonces el propio ente para los valores previamente definidos en los acuerdos entre productoras y distribuidoras de noviembre de 2017. No obstante, a partir de abril se precipitó el esperable desastre macro-económico, el cual sumado a un tipo de cambio flexible (implementado desde la asunción de Macri) derivó en la conocida mega-devaluación. El resultado: una monumental deuda contraída por las distribuidoras con las productoras. Esa deuda, que no fue incluida en la facturación a los usuarios, es la que ahora se pretende incorporar a partir de octubre. Es decir, durante un período de 24 meses los usuarios deberán asumir de su propio bolsillo la deuda de la dolarización/mega-devaluación. Esto, por supuesto, sumado a la adecuación semestral por inflación que, como ya reconoció el Ejecutivo, cerrará por arriba del 40% (hiperinflación).

Desde cualquier punto de vista y enfoque que se quiera realizar, e independientemente de la naturaleza política e ideológica del analista que la encare, estamos siendo testigos en materia tarifaria de un delito, que además de desvergonzado carece de precedentes. Contextualizamos lo hasta aquí mencionado con la apertura de las audiencias públicas de septiembre protagonizada por el señor Roitman, como para darse una idea más acabada del saqueo contra el pueblo argentino que significa la política tarifaria neoliberal. A continuación 15 reflexiones, más lo que consideramos es la una única salida viable para evitar el desmadre social energético.




Fuente: ENARGAS, Canal de Youtube. Mauricio Roitman, a la derecha, abriendo formalmente las audiencias públicas, 4 de septiembre de 2018.

Como no podía ser de otra manera, el presidente del ENARGAS -luego de haber avalado la dolarización y cartelización- comenzó explicando la posición de las distribuidoras, esto es, justificando sus salvajes, injustificados y anti-constitucionales pedidos de nuevos incrementos. Transcribimos textualmente sus palabras (subrayado es nuestro):

A) "… las distribuidoras presentaron al ENARGAS una serie de contratos celebrados con los productores de gas natural en diciembre de 2017, que se extienden por un período de dos años y que contemplan un sendero creciente de precios de gas natural y cuya denominación es en dólares estadounidenses.

B) "Como es sabido, las tarifas finales que abonan los usuarios del servicio de distribución de gas se encuentran denominadas en pesos y, por lo tanto, al inicio del período estacional en curso 1 de abril del 2018 el ENARGAS utilizó el tipo de cambio del Banco Nación divisa tipo vendedor vigente al 15 de marzo de 2018, equivalente a 20,345 pesos por dólares para convertir los precios del gas natural de dólares estadounidenses a pesos a efectos de su inclusión en el valor final de la tarifa.

C) "Atentos a que las obligaciones contractuales de las distribuidoras con los productores se encuentran denominadas en dólares y en virtud de la significativa variación que se ha producido en el tipo de cambio desde la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios hasta la fecha, las licenciatarias han efectuado presentaciones en las que solicitan se contemple el tratamiento a dispensar a las diferencias de cambios generadas entre sus obligaciones frente a los productores y el precio contenido en los cuadros tarifarios, dado que [de no hacerlo] esto podría acarrear un grave perjuicio financiero para las distribuidoras alterando el principio de neutralidad frente a la compra y venta de gas… En tal sentido, el ENARGAS mediante notas emitidas con fecha 16 de julio de 2018 solicitó a las licenciatarias que remitieran toda la documentación referida a acuerdos que contemplen las nuevas condiciones macroeconómicas y de mercado para su adecuada evaluación por parte del organismo en el marco del ajuste estacional del precio del gas para el próximo período que hoy discutiremos. Al respecto varias distribuidoras remitieron a este organismo copia de las propuestas de modificación de las condiciones contractuales que remitieron a sus proveedores de gas, las que se encuentran a disposición en el sitio web de ENARGAS para su consulta…".

Y ahora, la frutilla del postre o, para ser más precisos, la coronación del delito, el cinismo y la desfachatez:

D) "Respecto de este tema [las diferencias diarias del precio del valor del gas comprado incluido en sus ventas reales y la diferencia entre este último valor y el gas incluido en la facturación de tales ventas reales] y en esta oportunidad se da una particularidad ya que las diferencias siempre habían sido históricamente en función de los contratos. Pensemos que la ley del año 92 fue una ley que tuvo ejecución práctica en un período de estabilidad cambiaria y de tipo de cambio fijo y hoy tenemos un tipo de cambio flexible y con movimientos, y esos movimientos otrora en los años noventa no resultaban demasiados significativos, pero en esta oportunidad las diferencias presentadas son básicamente diferencias de tipo de cambio entre el que se aprobó en tarifa en abril de este año y las sumas a abonar efectivamente a los productores desde entonces, teniendo en cuenta que la obligación era en dólares y se pesificaba al momento de pago.

E) "La normativa prevé que las diferencias diarias acumuladas se incorporan con su signo al ajuste de tarifas… del período estacional siguiente y se divide por el total de metros cúbicos vendidos por la distribuidora en el período estacional siguiente…".

Sobre los párrafos A, B y C
1) Los contratos de diciembre de 2017, como ya hemos señalado desde el OETEC, representaron una cartelización con un abuso de posición dominante entre productoras y distribuidoras, a la vez que una injustificada transferencia de renta desde la ciudadanía a las petroleras consecuencia de precios unificados por cuenca carentes de toda lógica, como más tarde demostraría el propio Iguacel al bajar un 30% el precio del gas para el desarrollo de las reservas no convencionales llevándolo a 3,5 US$/MMBTU. Ídem para el precio del fluido a ser adquirido por CAMMESA.

2) La dolarización de los precios del gas, esto es, el componente de mayor peso de la tarifa, es una aberración técnica y jurídica, violatoria de los derechos de los usuarios. Su extensión de dos años y su sendero creciente, enmarcado en un tipo de cambio flexible, doblemente violatorio de los derechos de los usuarios.

3) Durante su alocución introductoria, el titular del ENARGAS en ningún momento se refirió ni contempló el estado económico-financiero de los millones de usuarios del servicio público. Su discurso, en cambio, giró en torno a las necesidades de las distribuidoras de trasladar a la ciudadanía la tremenda deuda contraída con las petroleras entre los meses de abril y septiembre. De hecho, Roitman enfatizó que de no contemplar estas diferencias en el tipo de cambio se provocaría un "grave perjuicio financiero para las distribuidoras". ¿Y el perjuicio para los usuarios? ¿El ENARGAS está para "proteger adecuadamente los derechos de los consumidores", como figura en el artículo 2 de la Ley 24.076? ¿O ese artículo fue derogado y reemplazado su texto por el de "proteger adecuadamente los derechos de los accionistas de las licenciatarias"?

4) También relató este señor que, enterados de los efectos de la mega-devaluación, el ENARGAS solicitó a las licenciatarias en el mes de julio que le remitieran informes justificando los ajustes de las tarifas en función de "las nuevas condiciones macroeconómicas y de mercado". ¿Actuó de igual forma el ENARGAS con las asociaciones de defensa de los usuarios y consumidores, con las asociaciones de PyMEs y cooperativas, con los Clubes de Barrio, con los grupos más vulnerables de la sociedad?

Sobre el párrafo D
5) La dolarización de las tarifas, como dijimos, fue avalada por el ente en marzo del corriente a través de las resoluciones 300 a 310. Si Roitman reconoce que a diferencia de los noventa y su Convertibilidad, nos encontramos desde la asunción de Macri bajo un "esquema de tipo de cambio flexible", con el agravante de una situación económico-financiera que al menos desde comienzos de 2018 viene deteriorándose más que ostensiblemente (ni que hablar el contexto externo), entonces preguntamos: ¿Cómo fue que el ente regulador que precisamente debe proteger los derechos de la ciudadanía usuaria del servicio público de gas ignoró las consecuencias perniciosas de una dolarización de tarifas bajo un esquema de tipo de cambio flexible, en un mundo progresivamente volátil y en una Argentina con cada vez más inconvenientes económicos y financieros, así como también a niveles fuga de capitales y endeudamiento externo?

Sobre el párrafo E
6) ¿Por qué la normativa contempla "que las diferencias diarias acumuladas se incorporan con su signo al ajuste de tarifas", pero desatiende su impacto negativo sobre la ciudadanía usuaria del servicio público? ¿Acaso no debería haber previsto el ENARGAS, como hiciera a favor de las distribuidoras, una cláusula que protegiera a los usuarios de una devaluación, por otra parte, lógica dada la flexibilidad del tipo de cambio? ¿No hubo suficientes advertencias desde mayo?

7) ¿Y hacia el futuro inmediato? Estima el BCRA un dólar a 41,9 para diciembre. ¿Entonces? ¿En abril del 2019 volverá a trasladarse a la demanda la nueva deuda generada entre el tipo de cambio fijado para este período y su diferencia con el tipo de cambio más elevado? ¿O se incluirá una indexación por devaluación a la tarifa, en un hecho sin precedentes, absolutamente ilegal e inconstitucional?

8) De las palabras de Roitman, se deduce que estaría peligrando la situación patrimonial de las distribuidoras de no trasladar su deuda a la población. Imposible, sobre todo conocidas las ingentes ganancias que la mayoría viene registrando desde 2016, acentuadas a partir del año pasado y ni qué decir para lo que va de 2018. Recordamos al ENARGAS el siguiente cuadro:


Fuente: Elaboración OETEC en base a datos del Informe 110 del 23 de mayo de 2018, Jefe de Gabinete de Ministros.

9) A propósito, ¿informó el ENARGAS a la comunidad de cara a las audiencias públicas de septiembre -como con cualquiera de las anteriores- las ganancias de las distribuidoras y las transportistas, por ejemplo, al primer semestre de 2018? ¡Claro que no! En igual sentido, ¿recordó el ENARGAS a la comunidad, de cara a la defensa de sus intereses, el subsidio otorgado por el ministerio de Energía a estas empresas por un total de 3.450 millones de pesos en diciembre de 2016 (ver bibliografía)? Y finalmente, ¿sabía que para las distribuidoras de Caputo la CNV publica como balances del ejercicio enero-junio de 2018 los de igual período pero de 2017?

10) Oportuno citar las beneficiadas y los montos según dispuesto por la Resolución 312 - E/2016. Citamos textualmente: "ARTÍCULO 2° -Apruébase la transferencia de los montos indicados en el artículo 1° de la presente, sujeto a lo previsto en el artículo siguiente, entre las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes, los que serán distribuidos de la siguiente manera: METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL ($759.200.000); LITORAL GAS SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 176.900.000); GASNOR SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES ($ 138.000.000); GASNEA SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 44.200.000); GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 594.400.000); DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 381.800.000); DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 346.900.000); CAMUZZI GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES ($ 438.000.000), y CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANÓNIMA, PESOS QUINIENTOS SETENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 570.600.000)". (1)

11) 3.450 millones de pesos en diciembre de 2016 equivalían a 218 millones de dólares. ¿Ahí sí había dinero para ayudarlas y ahora no, justamente cuando un auxilio de esta naturaleza evitaría cargar a la ciudadanía los brutales costos derivados de la dolarización y la mega-devaluación, hechos y decisiones que de ninguna manera tienen como responsable al pueblo argentino? (2)

12) No, parece que ahora no hay más dinero. ¿Sin dinero ahora que las tarifas son impagables incluso desde el año pasado? ¿Justo ahora que la pobreza, la inflación y el desempleo llegan a la estratósfera?

13) Qué notable que, por medio de su titular, el ENARGAS haya utilizado la presentación de estas audiencias y la mención de sus objetivos concentrándola en el supuesto deterioro de la situación económico-financiera de las licenciatarias caso no trasladen la deuda a la demanda, pero ignorando mencionar sus ingentes ganancias y ayudas estatales previamente recibidas.

14) Qué notable que, por medio de su titular, el ENARGAS haya desaprovechado la presentación de estas audiencias y la mención de sus objetivos para recordarle a las empresas el real deterioro de la situación económica de la población, así como el empeoramiento exponencial de todos los indicadores sociales, indicadores que habrán de seguir declinando también en 2019.

15 y último) Llegados pueblo y empresas (en poder del Ejecutivo Nacional) a esta altura del partido energético, consideramos que ya es suficiente con la estafa del primero y la orgia de las segundas. El ENARGAS debe velar por la seguridad jurídica de la ciudadanía, cumpliendo con los artículos de la Ley 24.076 que le dan razón de ser. En consecuencia, el traslado de la deuda interempresarial a la población derivada de la cartelización/dolarización/mega-devaluación debe quedar terminantemente prohibida. Igual para el traslado de la adecuación por inflación de una hiperinflación descontrolada atribuible exclusivamente a los errores de la gestión neoliberal.

---

(1) A esta "ayuda" agregar: a) Resolución 97/2018 que aprobó la financiación en tres cuotas más intereses del 25% de las facturas de gas del invierno, conocido como "Programa de Financiamiento de Consumos Invernales de Gas Natural"; b) El aval del ente a la estafa del gas combustible doblemente facturado por las distribuidoras (que derivó en una denuncia ante el Poder Judicial); y c) Resolución 508 del 29 de diciembre de 2017, normativa mediante la cual el Estado se comprometió a compensar a las distribuidoras por su costo de operación del gas no contabilizado (gas consumido por las propias empresas en la operación de sus redes).

(2) Asimismo, no puede soslayarse el hecho de que todas, sin excepción, debieron haberse cubierto comprando dólares, todo lo cual les habrá significado ingentes ganancias adicionales producto de la mega-devaluación (15,8 pesos por dólar estuvo en diciembre de 2016). Por cierto, herramienta que el ciudadano medio está prácticamente imposibilitado de hacer con sus magros ingresos.



Bibliografia
OETEC (4/09/2018) Energética de Caputo: 10.914 millones de ganancias (+976%) en el primer semestre de 2018
http://www.oetec.org/nota.php?id=3423&area=1

OETEC (3/09/2018) Por qué deberán lloverle denuncias penales a Mauricio Roitman (presidente del ENARGAS)
http://www.oetec.org/nota.php?id=3422&area=1

OETEC (2/09/2018) TGS: ganancias del primer semestre ($ 2.834 millones) superan las de todo 2017
http://www.oetec.org/nota.php?id=3420&area=1

OETEC (2/09/2018) Camuzzi ganó 520 millones de pesos entre abril y junio de 2018
http://www.oetec.org/nota.php?id=3418&area=1

OETEC (1/09/2018) "Si Macri no quiere que los saqueos se trasladen a las oficinas de las distribuidoras, que apruebe la Ley de Emergencia Tarifaria"
http://www.oetec.org/nota.php?id=3415&area=1

OETEC (1/09/2018) Las distribuidoras de Caputo hacen trampa a la CNV y no informan sus balances a junio de 2018
http://www.oetec.org/nota.php?id=3417&area=1

OETEC (21/08/2018) Doble estafa (doble delito): la nueva estafa del gas (gestión Techint) que desnuda la estafa anterior (gestión Shell)
http://www.oetec.org/nota.php?id=3401&area=1

OETEC (20/07/2018) El ENARGAS y las distribuidoras incumplen la cautelar que prohíbe cortes de gas en todo el país
http://www.oetec.org/nota.php?id=3353&area=1

OETEC (11/07/2018) Campaña masiva de amparos ciudadanos contra el ENARGAS (por incumplimiento de deberes de funcionario público)
http://www.oetec.org/nota.php?id=3342&area=1

OETEC (4/07/2018) Iguacel: si quiere defender a la ciudadanía, basta que el ENARGAS cumpla con su razón de ser
http://www.oetec.org/nota.php?id=3327&area=5

OETEC (29/06/2018) Peña en el Senado y el festín del 0,0001%: ganancias, dividendos y dolarización
http://www.oetec.org/nota.php?id=3320&area=1

OETEC (13/06/2018) Estafa en cuotas: Más subsidios y mayores ganancias en dólares para las petroleras y transportistas
http://www.oetec.org/nota.php?id=3295&area=1

OETEC (22/05/2018) Debate energía y tarifas: Preguntamos al ENARGAS… ¿Por qué no fueron las petroleras al Senado?
http://www.oetec.org/nota.php?id=3240&area=2

OETEC (19/12/2017) Por qué deben renunciar los nuevos presidentes del ENRE y del ENARGAS
http://www.oetec.org/nota.php?id=2980&area=1

OETEC (9/3/2017) La audiencia pública será presidida por el Ente Empresarial Regulador del Gas (EMPRERGAS)
http://www.oetec.org/nota.php?id=2431&area=5

Intervención de Roitman, audiencia pública
https://www.youtube.com/watch?v=uA1vLOwJ27w

Resolución 312
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/270074/norma.htm