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"Un Estado deficitario para proteger rentabilidades de licenciatarias con la complicidad de un ENARGAS cooptado por empresas"

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
Aranguren, cartelización, congelamiento, cuotas, Decreto 466, devaluación, distribuidoras, DNU 1.053, dolarización, ENARGAS, expansión del servicio público, rentabilidades, salvataje, servicio público de gas, subsidios, tarifas



21-08-2019 | Se publicó finalmente la normativa que oficializa el traspaso al Estado Nacional de la deuda monstruosa contraída por las distribuidoras con las productoras para el gas adquirido por las primeras entre abril de 2018 y abril de 2019. (1) La deuda, como ya analizamos, devino de los importes acumulados no pagados consecuencia de las variaciones del tipo de cambio (la devaluación no se tuvo en cuenta en la facturación a los usuarios). La normativa en cuestión es la 466/2019. Reflexiones del OETEC.



Fuente: ECOGAS en las audiencias públicas de septiembre de 2018, mostrando el descalce de monedas por la mega devaluación del peso. A partir de los acuerdos de noviembre de 2017, la cartelización y abuso de posición dominante entre productoras y distribuidoras fijó los precios en DÓLARES en las tarifas. Esto, con el agravante de un ENARGAS avalándolos a pesar de encontrarse la conducción de la economía y la política cambiaria bajo esquema de tipo de cambio flexible. El DNU 1.053 extiende el límite desde septiembre de 2018 al 1ero de abril de 2019 (siete meses más) el período que habrá de contemplar las correcciones por el tipo de cambio.

La socialización del endeudamiento de las distribuidoras a través de las 24 cuotas a los usuarios del servicio público a partir de octubre de 2018 generó tal rechazo, que el entonces Secretario de Energía Javier Iguacel se vio obligado a dar marcha atrás. La solución -favorable a las licenciatarias- fue que sea el Estado Nacional quien absorba la deuda contraída entre las distribuidoras con las productoras. En este sentido, el Decreto 466 publicado en el Boletín Oficial el 16 de agosto.

Federico Bernal, director del OETEC, señaló que "Parece una historia lejana ya, pero hay que recordar que en 2018 el ENARGAS convalidó contratos de las distribuidoras con las productoras de gas en dólares, que debían pasar a los usuarios, facturados en pesos a precio dólar".

"Recordar de dónde venimos en importantísimo. En diciembre de 2017, caducó la Ley de Emergencia Económica, razón por la cual el ENARGAS adquirió desde ese momento plenas funciones para regular y observar el precio al que las distribuidoras compraban el gas a las productoras a los efectos de proteger los derechos de los usuarios, evitando, en el marco del artículo 23 de la Ley del Gas, abuso de posición dominante y competencia desleal por parte de transportistas y distribuidoras", agregó Bernal.

La historia continuó así, explicaron desde el Observatorio: "Vencida la Ley de Emergencia, las productoras con las distribuidoras y transportistas, con la anuencia del Ministerio de Energía (entonces liderado por Aranguren que había definido pagar este octubre 6,38 US$/MMBTU), hicieron un acuerdo integral que iba a ser la base de los contratos a ser firmados a comienzos de 2018, como efectivamente ocurrió. Esto significó una clara cartelización, como oportunamente explicamos, ya que había precios en dólares por cuenca y con volúmenes por cuenca y productora a ser adquiridos por las distribuidoras".

Por otra parte, agregaron desde OETEC, que "En el invierno, los volúmenes que figuraron en los contratos eran exiguos y los precios iguales para cualquier productora, cualquier proceso de extracción y para una misma cuenca (onshore, offshore, shale, tight, convencional, yacimientos maduros, yacimientos nuevos, etc.). O sea, si era negocio para el shale, imaginemos para los de menores costos la renta extraordinaria. En fin, todo esto desembocó en que, desde abril a octubre del año pasado, las distribuidoras tuvieran que salir al mercado spot donde los precios fueron muy superiores en dólares a los pactados en los acuerdos de 2018. El ENARGAS debía intervenir en los contratos en cuanto a precios. Sin embargo, no hizo nada. La dolarización de las tarifas fue avalada por el ente en marzo (2018) a través de las resoluciones 300 a 310. En fin, dolarizó e inauguró la facturación en dólares por millón de BTU".


Fuente: ex Ministerio de Energía. Firma de los acuerdos BASES Y CONDICIONES entre distribuidoras y productoras, fines de noviembre de 2017. En la imagen, la foto del momento en el que se suscribieron los contratos entre empresas y la aprobación por parte de las mismas de precios del gas dolarizados. Lo hicieron a sabiendas del esquema de tipo de cambio flexible. De esa decisión, y del reaseguro de saber siempre que jamás habrían de absorber ellas los mayores costos por el desfasaje de monedas, la deuda que ahora habremos de pagar indirectamente todos los argentinos y todas las argentinas con subsidios estatales, según confirma el Decreto 466/2019..

Entonces, explicó Bernal, "El dólar sufrió su primera mega devaluación en 2018. Iguacel propuso las 24 cuotas y el Estado Nacional, en lugar de denunciar lo hecho por el ENARGAS que violó su estatuto al no regular el precio del gas, al permitir la cartelización y dolarización de las tarifas, con volúmenes menores a los necesarios, incluso teniendo el ejemplo de la subasta para CAMMESA que logró precios significativamente menores a los de los residenciales, ese mismo Estado salió en defensa de las licenciatarias y absorbió los costos de la devaluación. De eso se trató el DNU 1.053, reivindicado en el primer Considerando del Decreto 466/2019 (2)".

Y concluyeron: "Esto es lo que acaba de aprobarse en el Decreto 466, esto es, la metodología para la determinación del monto de la deuda entre licenciatarias del servicio público de gas de red y las productoras para la devaluación abril 2018 a abril 2019, monto que habrá de absorber el Estado Nacional, es decir, subsidios que pagamos los argentinos y las argentinas, pero que deberá afrontar el próximo gobierno. (3) Es más, y de acuerdo a al 1.053, las devaluaciones subsiguientes podrían también ser afrontadas por el Estado Nacional. Y como si todo esto fuera poco, sigue sin conocerse el monto estimado de la deuda, aunque se sabe podrían rondar miles de millones de pesos".

Para Bernal, "Este fue el primero de los salvatajes destinado a proteger las obscenas rentabilidades de las energéticas. Después vino la postergación y el diferimiento de las tarifas en tres escalones, soportado por el Estado. (4) Luego, el 22% de la facturación de este invierno que se incluirá en cinco cuotas a partir de diciembre. (5) En este caso lo mismo, el Estado del próximo gobierno se hará cargo del diferimiento y de los intereses. Por último, tenemos que sumar el congelamiento definido en abril de este año que suspende los incrementos previstos para octubre y los patea para después de las elecciones, es decir, para el nuevo gobierno. Sobre esto, aún no se conocen montos. Como puede advertirse, un caos absoluto".

En fin, "Tarifas en cuotas, cubiertas con subsidios del Estado, preservando rentabilidades exorbitantes, en el marco de una ciudadanía que no puede pagar el gas desde hace más de un año y cuyo servicio, medido en incorporación de nuevos usuarios residenciales se ubica entre los peores de la historia. Estas son, para la administración Macri, tarifas justas y razonables. Estas son, para el ENARGAS, tarifas igualmente justas y razonables". (6)


Fuente: Elaboración OETEC en base a ENARGAS, Datos Operativos. Durante los primeros tres años de gestión macrista, ocho de las nueve distribuidoras registraron una expansión en su red de gas domiciliaria mucho más baja respecto del período inmediato anterior (2013-2015). De las ocho que empeoraron entre 2016 y 2018, en seis de ellas se verificó además en este período la menor incorporación de usuarios residenciales de su historia. Los tres años de gestión macrista destacan por ser el segundo peor período en expansión de la red domiciliaria luego de 2001-2003. ¿Y el dinero del tarifazo? ¿Y el dinero de las condonaciones de las deudas del ENARGAS?

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(1) El DNU 1.053, en su artículo 7, aborda esta cuestión. Se lee: "ARTÍCULO 7º.- Establécese que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional y con el alcance previsto en este artículo, el pago de las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período".

Y se agrega, a propósito: "Que lo dispuesto por el Decreto Nº 1053/18 representa un conjunto de erogaciones que serán soportadas por el Estado Nacional, a efectos de compensar los mayores costos en el precio de la compra del valor del gas originados exclusivamente por la variación en el tipo de cambio".

(2) Se lee: "Que el Decreto Nº 1053/18, dictado en uso de las atribuciones que surgen del Artículo 99, incisos 1 y 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de la Ley N° 26.122, dispuso, en lo que concierne a esta Autoridad Regulatoria, que determine el monto neto correspondiente a las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período (art. 7 Decreto N° 1053/18)".

(3) Del Decreto 466: "ARTÍCULO 6º: Establecer que las Prestadoras del Servicio de Distribución de Gas por Redes, una vez percibida del ESTADO NACIONAL la cuota correspondiente de cada mes, en los términos del ARTÍCULO 7º del DECRETO Nº 1053/18, deberán utilizar la totalidad del monto recibido para realizar pagos a los Proveedores de gas natural adheridos al REGIMEN mediante el modelo DE SOLICITUD DE ADHESIÓN AL RÉGIMEN que se aprueba por el ARTÍCULO 2º de la presente medida, dentro de un plazo máximo de CINCO (5) días hábiles administrativos, con excepción de la suma correspondiente al pago parcial o total que la Prestadora hubiera abonado, por las diferencias de cambios reguladas por el decreto, en cuyo caso podrán retener para sí, la proporción correspondiente, en su exacta incidencia, en la cuota de la que se trate".

(4) La solución de las empresas para no cargar con los costos de la mega-devaluación, en un contexto hiperinflacionario y de destrucción del mercado interno, fueron 3 cuotas (más intereses) para diferir el 25% de las facturas de invierno del año pasado, avalado por el Ejecutivo a través de la Resolución 97 de junio de 2018. Pero el dólar no paró de subir ni el país de bajar. En octubre, la segunda solución de las empresas para desprenderse de los mayores costos del caos económico macrista fueron las célebres 24 cuotas (Resolución 20 de octubre de 2018).

(5) La Resolución 336 del 21 de junio de 2019 establece "Que la medida propuesta se aplicará con carácter excepcional, en las facturas emitidas a usuarios residenciales a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019, e implicará un diferimiento de pago del veintidós por ciento (22%)". Asimismo, "Que los montos objeto del diferimiento se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por cinco (5) períodos mensuales, iguales y consecutivos". ¿Quién se hará cargo del diferimiento y sus respectivos intereses? Como señalaron desde OETEC, el Estado nacional, es decir, indirectamente la ciudadanía toda. Así figura de hecho en la citada normativa: "Que el costo financiero de este diferimiento, computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero, será asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio".

(6) Repasemos los objetivos del ENARGAS conforme están establecidos en la Ley 24.076 (artículos 38 y 23): "Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores; … promover la competitividad de los mercados de oferta y demanda; asegurar… que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables…"; y que "Los transportistas y distribuidores no podrán realizar actos que impliquen competencia desleal ni abuso de su posición dominante en el mercado". ¿Cómo proteger adecuadamente los derechos de los consumidores con precios del gas dolarizados en la tarifa, con un sendero acordado hasta fines de 2019 entre todas las empresas para un período en el que se supone los precios deben salir de acuerdos libres entre productoras y licenciatarias para cada yacimiento, tipo de gas y período de contratación?



Bibliografia
OETEC (9/08/2019) Consumidores Argentinos: "El ENARGAS se negó a que las distribuidoras firmen un acta acuerdo para no cortar el gas a sectores vulnerables"
http://www.oetec.org/nota.php?id=4096&area=5

OETEC (5/08/02019) "Alberto Fernández ha puesto en el centro del debate la necesidad de redistribuir equitativamente la renta energética"
http://www.oetec.org/nota.php?id=4089&area=1

OETEC (02/07/2019) "Pesificar y revisar las tarifas, como señaló Alberto Fernández, es la base para que la energía vuelva a ser de toda la ciudadanía"
http://www.oetec.org/nota.php?id=4014&area=1

OETEC (1/07/2019) Una reflexión sobre el significado de tarifas "justas y razonables"
http://www.oetec.org/nota.php?id=4013&area=1

OETEC (25/06/2019) "Otra vez el Estado nacional cubriendo las barbaridades tarifarias del ENARGAS y la dolarización del precio del gas en boca de pozo"
http://www.oetec.org/nota.php?id=4004&area=1

OETEC (17/04/2019) Las medidas en tarifas son un escándalo y profundizan la estafa energética de Macri
http://www.oetec.org/nota.php?id=3870&area=5

OETEC (29/03/2019) Las multimillonariamente enriquecidas distribuidoras cobrarán, desde el 1ero de abril, 4.500 millones de pesos
http://www.oetec.org/nota.php?id=3830&area=5

OETEC (13/03/2019) "Las distribuidoras habrán pedido 45% o más para que Lopetegui se vuelque a esta pseudo tarifa plana"
http://www.oetec.org/nota.php?id=3787&area=5
OETEC (20/11/2018) Beneficios del DNU 1.053 (estatización deuda distribuidoras): Gas Ban subsidiada por 116 millones de euros
http://www.oetec.org/nota.php?id=3570&area=5

OETEC (18/11/2018) "El DNU 1.053 convalida la dolarización del gas, endeuda al próximo gobierno y grava a la ciudadanía con el impuesto a la devaluación"
http://www.oetec.org/nota.php?id=3568&area=1

OETEC (10/10/2018) "Deuda distribuidoras: Nada de Estado, las empresas que convalidaron la dolarización del gas o con Fondo Patriótico de Cambiemos"
http://www.oetec.org/nota.php?id=3481&area=1

OETEC (7/10/2018) Decreto delictivo: la deuda entre empresas por la mega-devaluación/dolarización la paga la ciudadanía
http://www.oetec.org/nota.php?id=3477&area=1

OETEC (11/09/2018) "Queremos preguntar" a Roitman e Iguacel: ¿Son estas RTI "justas y razonables"? - Segunda Parte
http://www.oetec.org/nota.php?id=3444&area=1

OETEC (10/09/2018) "Queremos preguntar" a Roitman e Iguacel: ¿Fallo de la Corte o fase superior de la estafa energética? - Primera Parte
http://www.oetec.org/nota.php?id=3440&area=14

OETEC (6/09/2018) Las mentiras de Roitman (ENARGAS) para cubrir sus delitos contra el pueblo argentino
http://www.oetec.org/nota.php?id=3428&area=1

OETEC (4/09/2018) Audiencias de septiembre: ¿Por qué el pueblo debe cargar con los errores de la hiperinflación, la dolarización y la mega-devaluación macristas?
http://www.oetec.org/nota.php?id=3425&area=1

OETEC (3/09/2018) Por qué deberán lloverle denuncias penales a Mauricio Roitman (presidente del ENARGAS)
http://www.oetec.org/nota.php?id=3422&area=1

OETEC (20/07/2018) El ENARGAS y las distribuidoras incumplen la cautelar que prohíbe cortes de gas en todo el país
http://www.oetec.org/nota.php?id=3353&area=1

OETEC (11/07/2018) Campaña masiva de amparos ciudadanos contra el ENARGAS (por incumplimiento de deberes de funcionario público)
http://www.oetec.org/nota.php?id=3342&area=1

OETEC (13/06/2018) Estafa en cuotas: Más subsidios y mayores ganancias en dólares para las petroleras y transportistas
http://www.oetec.org/nota.php?id=3295&area=5