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El gobierno nacional amplió para usuarios de la zona fría los beneficios del glp, garrafas y cilindros

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
cilindros, garrafas, ley 27.637, zona fria



01-06-2022 | La resolución del Gobierno nacional, 390/2022 que fuera publicada el 23/5 en el Boletín Oficial, actualiza los parámetros establecidos en el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas ampliándose los beneficios de precios diferenciales de Gas Licuado de Petróleo (GLP), a las regiones comprendidas en la denominada Zona Fría.


Cabe recordar que el Fondo Fiduciario fue creado en 2002, con los parámetros fijados en la ley 27.637 de Zona Fría, sancionada 19 años después.

El Fondo, creado mediante el artículo 75 de la ley de Presupuesto 2002, comprendía a las provincias de: La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el departamento mendocino de Malargüe, el partido bonaerense de Carmen de Patagones y, posteriormente, cuatro departamentos de Jujuy y seis de Catamarca comprendidos en la región conocida como la Puna.

La ley de Zona Fría incorporó a 94 partidos de la provincia de Buenos Aires (además del de Carmen de Patagones), 18 de Mendoza (incluido Malargüe), 13 de Córdoba, 4 de La Rioja, 16 de San Juan, 8 de San Luis, 8 de Santa Fe, 15 de Salta y 1 de Tucumán.

Ahora en esta nueva resolución, figuran las compensaciones para la venta de cilindros y garrafas que regían para las provincias patagónicas, la Puna y el departamento
mendocino de Malargüe y el partido bonaerense de Carmen de Patagones.

En el instrumento legal emitido esta semana, destaca que "Resulta necesario efectuar las modificaciones normativas para posibilitar que dicho régimen alcance también a las usuarias y los usuarios que residen en esas zonas"

Quienes son usuarios residenciales y necesiten adquirir GLP a precios diferenciales mediante el sistema de bonos, vales, tarjetas magnéticas o cualquier otro, deberán estar inscriptos en el Registro Provincial de Usuarios Residenciales de Gas Licuado de Petróleo. Dichos registros son tarea administrativa correspondiente a cada provincia.



Bibliografia
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/263037/20220523