ÁREAS de
INVESTIGACIÓN

Servicios Públicos de Electricidad y Gas Natural

| Artículos Periodísticos

Anarquía eléctrica en el ENRE y los conflictos de interés de su nuevo Directorio

Autor | OETEC-ID


Palabras Claves
ADEERA, AGUEERA, Aranguren, Comité de Selección, conflictos de interés, consumidores, Edenor, Edesur, ENRE, Horacio Nadra, Julia Carruthers, Ministerio de Energía, nuevo directorio, Pedro Rosenfeld, Resolución 204, tarifazo eléctrico, usuarios



31-10-2016 | El Observatorio de la Energía, Tecnología e Infraestructura para el Desarrollo (OETEC) acaba de publicar un informe titulado "Nuevo directorio del ENRE: eléctricas y petroleras coparon el Comité de Selección de potenciales candidatos". Allí se analiza los flagrantes conflictos de interés de tres jurados que integran dicho Comité y que elevarán a la Secretaría de Energía Eléctrica -en manos de un ex Edenor- los potenciales candidatos para ocupar el nuevo directorio del citado ente regulador. Al final del informe, una propuesta para la elección de nuevos jurados del Comité de Selección acorde a los objetivos fundacionales del ENRE.


A propósito, Belen Ennis, investigadora del OETEC y autora del informe, sostiene que "Hemos venido advirtiendo desde febrero, que el directorio provisorio del ENRE designado por Juan José Aranguren es violatorio de las leyes 24.065 de Régimen de la Energía Eléctrica y 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública. Pero esto es aún peor. Porque el "Comité de Selección" -creado por resolución ministerial- cuya función es la de evaluar y sugerir a la cartera energética los "candidatos elegibles" que habrán de componer el nuevo Directorio del ENRE carece de toda legalidad".

El informe del OETEC señala que el Comité de Selección "se encuentra integrado por seis miembros, de los cuales al menos tres de ellos presentan irreparables conflictos de interés". Se trata de Horacio Nadra, Julia Carruthers y Pedro Rosenfeld, este último coordinador del equipo de trabajo. Al respecto, Ennis afirma que "Dados sus antecedentes laborales y las inobjetables vinculaciones que mantienen con las empresas eléctricas privadas, sus conflictos de interés deberían ser razón suficiente para inhabilitarlos como jurados".

El primer caso analizado es el de Horacio Nadra, quien "trabaja actualmente como Gerente Comercial de EDET S.A. ¿Y qué es EDET? De capitales argentinos y chilenos, las siglas EDET significan Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán y es, en efecto, una empresa privada que se encarga de la distribución, comercialización y generación de la energía eléctrica en la referida provincia. En otras palabras, EDET vendría a ser una suerte de Edenor o Edesur, y es, por supuesto, socia de la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA). ¿Y qué es ADEERA? La entidad que no sólo viene bregando desde diciembre a la fecha y a través de sendos comunicados oficiales y solicitadas en medios masivos de comunicación por un drástico aumento en las tarifas de electricidad, sino la que acaba de solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la estatización de la deuda que sus asociadas mantienen justamente con CAMMESA y que asciende a 21.000 millones de pesos".

El segundo caso analizado es el de Julia Carruthers, quien "desde julio de 2013 actúa como directora suplente ante el Directorio de CAMMESA por la Asociación de Grandes Usuarios de Energía eléctrica de la República Argentina (AGUEERA). AGUEERA es a su vez propietaria de la totalidad de las acciones clase E (20% del total del capital accionario) de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), organización responsable de operar el sistema eléctrico argentino presidida por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación". OETEC advierte asimismo que "las implicancias de AGUEERA, y por ende de Carruthers, con el sector energético no terminan allí. Es que entre los principales socios de AGUEERA figuran grandes y medianas compañías petroleras como PAE; Petrobras; Petroken; Petroquímica Comodoro Rivadavia; Petroquímica Río III; YPF y Shell Compañía de Petróleo S.A.".

Por último, tenemos el tercer caso, el de Pedro Rosenfeld, coordinador del Comité de Selección. De este señor, la investigación del OETEC encontró que "… se desempeña como Senior Consultant de BA Energy Solutions, una de las principales firmas consultoras que opera en Latinoamérica en materia de energía". Entre sus clientes figuran "algunas de principales empresas energéticas del país del espectro gasífero como del eléctrico", como por ejemplo "Camuzzi Gas del Sur; Transportadora de Gas del Norte; Petrobras; Iberdrola; Edelar; Edesa; Edesal; Edet; y Edesur". Y como si esto fuera poco, Rosenfeld también "ocupó cargos de alta dirección en Edenor durante 20 años, asumiendo la Gerencia de Coordinación Técnica e Ingeniería de Distribución de la empresa".

Ennis se pregunta entonces: "De acuerdo al considerando de la Resolución 204 E/2016 que fija que "el citado Comité [de Selección] debe estar conformado por integrantes representativos del sector, cuyas condiciones garanticen ecuanimidad e independencia de criterio en sus respectivos pronunciamientos", nos preguntamos: ¿Cómo puede el señor Nadra encuadrarse en los requisitos de "ecuanimidad" e independencia" si además de ser gerente comercial de una empresa privada de distribución, la empresa de la que es gerente es socia de ADEERA, máxima interesada en la implementación de los nuevos cuadros tarifarios de la electricidad propuestos por el Ministerio de Energía? ¿Podemos confiar en que Carruthers actúe ecuánime e independientemente y no esté condicionada por las distribuidoras eléctricas (accionistas de CAMMESA) ni por las petroleras socias en AGUEERA, entre ellas Shell y PAE? ¿Podrá actuar Rosenfeld con ecuanimidad e independencia de criterio en relación a Edenor y a sus clientes de BA Energy Solutions?

OETEC concluye que "Los tres jurados aquí analizados del Comité de Selección no pueden actuar con ecuanimidad ni independencia de criterio a la hora de efectuar su elección", advirtiendo que "cualquier elección de Directorio que pudiera realizarse para el ENRE, difícilmente cumpla con "proteger adecuadamente los derechos de los usuarios", tal y como el ENRE fija entre sus objetivos. Por el contrario, serán los requerimientos empresarios los que impongan la agenda de un ENRE que no escapa a la anarquía de mercado que reina en la cartera energética nacional".

En razón de lo expuesto, el Observatorio OETEC "invita a los legisladores nacionales opositores, a juristas, a las asociaciones de defensa de usuarios y consumidores -y demás ONGs- a exigir la urgente destitución de los referidos tres directores del "Comité de Selección", para ser reemplazados por especialistas que cumplan con el artículo 15, inciso b de la Ley 25.188 provenientes justamente de asociaciones de defensa de usuarios y consumidores así como de universidades públicas nacionales", porque -se preguntan desde el OETEC- ¿acaso no es función del ENRE velar por la seguridad jurídica de la ciudadanía?.



Bibliografia
Informe original
OETEC (31/10/2016) Nuevo directorio del ENRE: eléctricas y petroleras coparon el "Comité de Selección" de potenciales candidatos
http://www.oetec.org/nota.php?id=2156&area=1